domingo, 9 de febrero de 2014

Estructura de un departamento de talento humano



DISEÑO DE AREAS DEL TALENTO HUMANO

LINEAMIENTOS, ESTRATEGIAS, POLÍTICAS, NORMAS DE CADA ÁREA DE GESTIÓN

Francisco Rodríguez en su libro “Políticas y estrategias gerenciales para el desarrollo Humano”, Departamento de Gestión de Talento humano está compuesto por las siguientes Sub-áreas:
Reclutamiento de Personal
Selección
Diseño, Descripción y análisis de cargos
Evaluación del desempeño humano
Compensación
Beneficios Sociales
Higiene y seguridad en el trabajo
Entrenamiento y desarrollo del personal
Relaciones Laborales
Base de datos y Sistemas de información
Auditoria de RH
Desarrollo organizacional

FUNCIONES DE CADA ÁREA Y LOS PROCESOS GENERALES QUE SE EJECUTAN

 RECLUTAMIENTO DE PERSONAL
Las organizaciones tratan de atraer los individuos y obtener informaciones al respecto de ellos para decidir sobre la necesidad de admitirlos o no.

Reclutamiento: Es un conjunto de procedimientos que tienden a atraer candidatos potencialmente calificados y capaces de ocupar cargos dentro de la organización. 

Es una actividad fundamental del programa de gestión de Recursos Humanos de una organización. Una vez que se han terminado las necesidades de Recursos Humanos y los requisitos de los puestos de trabajo es cuando puede ponerse en marcha un programa de reclutamiento para generar un conjunto de candidatos potencialmente cualificados. Estos candidatos podrán conseguirse a través de fuentes internas o externas. Es así como las fuentes de Recurso Humano son denominadas fuentes de reclutamiento ya que pasan a ser blancos sobre los cuales incidirán las técnicas de reclutamiento.

El reclutamiento es básicamente un proceso de comunicación de mercado: exige información y persuasión. La iniciación del proceso de reclutamiento depende de la decisión de línea. Como el reclutamiento es una función de staff, sus actos dependen de una decisión en línea, generalmente denominada requerimientos de empleado o requerimientos de personal.

La función de reclutamiento es la de suplir la selección de candidatos. Es una actividad que tiene por objeto inmediato atraer candidatos, para seleccionar los futuros participantes de la organización.

El reclutamiento empieza a partir de los datos referentes a las necesidades presentes y futuras de los Recursos Humanos de la organización.

1.2 SELECCIÓN
El proceso de selección comprende tanto la recopilación de información sobre los candidatos a un puesto de trabajo como la determinación de a quién deberá contratarse.

El reclutamiento y selección de Talento Humano deben ser considerados como dos fases de un mismo proceso. La tarea de selección es la de escoger entre los candidatos que se han reclutado, aquel que tenga mayores posibilidades de ajustarse al cargo vacante.

Puede definirse la selección del Talento Humano como la escogencia del hombre adecuado para el cargo adecuado, o entre los candidatos reclutados, aquellos más adecuados a los cargos existentes en la empresa, con miras a mantener o aumentar la eficiencia y el desempeño del personal.

La selección intenta solucionar dos problemas básicos:
La adecuación y eficiencia del hombre al cargo
Diseño, descripción y análisis de cargos

La descripción de cargos es una relación escrita que define los deberes y las condiciones relacionadas con el cargo. Proporciona datos sobre lo que el aspirante hace, cómo lo hace, y por qué lo hace.
Un cargo,  puede definirse como una unidad de organización que conlleva un grupo de deberes y responsabilidades que lo vuelven separado y distinto de los otros cargos.

Es el proceso que consiste en determinar los elementos o hechos que componen la naturaleza de un cargo y que lo hacen distinto de todos los otros existentes en la organización.

La descripción de cargos es la relación detallada de las atribuciones o tareas del cargo (lo que el ocupante hace), de los métodos empleados para la ejecución de esas atribuciones o tareas (cómo lo hace) y los objetivos del cargo (para qué lo hace)

El análisis de cargo es el proceso de obtener, analizar y registrar informaciones relacionadas con los cargos. Es un proceso de investigación de las actividades del trabajo y de las demandas de los trabajadores, cualquiera que sea el tipo o nivel de empleo.

1.3 EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
Es una técnica de dirección imprescindible en la actividad administrativa. El procedimiento para evaluar el personal se denomina evaluación de desempeño, y generalmente, se elabora a partir de programas formales de evaluación, basados en una cantidad razonable de informaciones respecto a los empleados y a su desempeño en el cargo.

Su función es estimular o buscar el valor, la excelencia y las cualidades de alguna persona. Medir el desempeño del individuo en el cargo y de su potencial de desarrollo.

1.4. COMPENSACIÓN
Está dada por el salario. Su función es dar una remuneración (adecuada por el servicio prestado) en valor monetario, al empleado.

1.5.  BENEFICIOS SOCIALES
Son aquellas facilidades, comodidades, ventajas y servicios que las empresas ofrecen a sus empleados.  Estos beneficios pueden ser financiados total o parcialmente por la empresa.

Su función es mantener y aumentar la fuerza laboral dentro de un nivel satisfactorio de moral y productividad; así como también, ahorrarle esfuerzos y preocupaciones a sus empleados.

1.6. HIGIENE Y SEGURIDAD
Constituyen dos actividades estrechamente relacionadas, orientadas a garantizar condiciones personales y materiales de trabajo, capaces de mantener cierto nivel de salud de los empleados. Según el concepto emitido por la Organización Mundial de Salud, la salud es un estado completo de bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad.

Su función está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y el control de dos variables: el hombre y su ambiente de trabajo; así como también la prestación no solo de servicios médicos, sino también de enfermería, primeros auxilios; en tiempo total o parcial; según el tamaño de la empresa, relaciones éticas y de cooperación con la familia del empleado enfermo.

1.7. ENTRENAMIENTO Y DESARROLLO
Es el área que se encarga de capacitar en un corto plazo a los ocupantes de los puestos de la empresa, así como también se encarga de suministrar a sus empleados los programas que enriquecen su desempeño laboral; obteniendo de esta manera mayor productividad de la empresa.

Su función es llevar la calidad de los procesos de productividad de la empresa, aumentar el conocimiento y la pericia de un empleado para el desarrollo de determinado cargo o trabajo por medio de estos programas.

1.8. RELACIONES LABORALES
Se basa en la política de la organización, frente a los sindicatos, tomados como representantes de los anhelos, aspiraciones y necesidades de los empleados. Su objetivo es resolver el conflicto entre capital y trabajo, mediante una negociación política inteligente.

1.9. DESARROLLO ORGANIZACIONAL (DO)
El Desarrollo Organizacional, se basa en los conceptos y métodos de la ciencia del comportamiento y estudia la organización como sistema total. Su función es mejorar la eficacia de la empresa a largo plazo mediante intervenciones constructivas en los procesos y en la estructura de las organizaciones.

1.10.   BASE DE DATOS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
El concepto de sistema de información gerencial (SIG), se relaciona con la tecnología informativa, que incluye el computador o una red de microcomputadores, además de programas específicos para procesar datos e información.  Su función es recolectar, almacenar y divulgar información, de modo que los gerentes involucrados puedan tomar decisiones, y mantener un mayor control y planificación sobre sus empleados.

1.11.   AUDITORIA
La auditoria se define como el análisis de las políticas y prácticas del personal de una empresa, y la evaluación de su funcionamiento actual, acompañados de sugerencias para mejorar. Su función es mostrar como está funcionando el programa, localizando prácticas y condiciones que son perjudiciales para la empresa o que no están justificando su costo, o prácticas y condiciones que deben
Incrementarse.


OFERTA Y DEMANDA DEL TALENTO HUMANO

Conocer la OFERTA Y DEMANDA DEL TALENTO HUMANO que requerimos nos permitirá, entre otras cosas, saber donde están las personas que necesitamos, en que condiciones están y que posibilidades de acceso tenemos a ellas, en lo que se refiere a salario, experticia, conocimientos y actitud. Esto sobre la base, de un perfil ajustado a nuestras necesidades y posibilidades reales. “Los mejores trabajadores están en las mejores organizaciones”.

Con frecuencia se oye decir que al momento de satisfacer las demandas de personal, las organizaciones buscan contar con el talento humano mejor que puedan encontrar, lo que definitivamente es un error. Lo más conveniente es contratar o vincular personas que realmente estén a la altura de las condiciones de trabajo que se les ofrece. Un trabajador sobre calificado, o con aspiraciones que desbordan las condiciones de trabajo que posee la organización, rápidamente se desmotiva, bajando dramáticamente su nivel de desempeño, o en el peor de los casos, renunciando y dejando la organización nuevamente con una vacante por cubrir.

Cuando hablamos de proveer de talento humano a una organización, nos estamos refiriendo a la ejecución de un proceso, en el cual todas sus etapas son de vital importancia para el éxito de tal propósito. Como pasaría con cualquier proceso, omitir alguna de sus etapas, implica afectar directamente la calidad y en general, la efectividad de los resultados. Es por esto, que se recomienda ser muy cuidadosos al momento de administrar, para este caso, el proceso de provisión de talento humano.

En primer lugar La investigación y delimitación del problema, que nos arroja como resultados o productos, un perfil ideal de la solución al requerimiento y un panorama sobre las condiciones reales propias de la oferta de trabajo; en segundo lugar, encontramos la definición de opciones que nos permite obtener el perfil real de la persona a ocupar la vacante, y un pul de candidatos para la selección; seguidamente, se puede ver el análisis de opciones y la toma de decisión para la consecución de Talento Humano seleccionado y listo para ser vinculado.

En cuanto al análisis de requerimientos, se podría decir, que éste consiste en establecer cuales son las necesidades actuales y futuras en relación con la Organización, el Área o Proyecto, el Cargo o Responsabilidad; que se pretenden satisfacer plenamente con la vinculación de personal.

Un factor de vital importancia al momento de vincular personal, es el de considerar la propuesta estratégica de la organización; en cuanto a establecer que se esperaría del trabajador como aporte para la consecución de los logros que se requieren(plan estratégico), para alcanzar la tan anhelada Visión. En otras palabras, es definir como la persona le podrá agregar valor a los clientes desde su cargo.

En este sentido (requerimientos del área o proyecto), nos estamos refiriendo a definir o evaluar cuales son las estrategias, los recursos y las operaciones que involucran el área de trabajo a la que va a ingresar el sujeto. Esto con el propósito de establecer que talentos serian los ideales para potenciar la efectividad de los mismos. De otra parte, es posible que lo que se requiera, sea de alguien que no solo potencie, sino que ayude a definir nuevas estrategias, tácticas u operaciones.


RECLUTAMIENTO DE PERSONAL

Definición
De acuerdo con Werther, William B. Jr. (2000), reclutamiento es el proceso de identificar e interesar candidatos capacitados para llenar las vacantes de la organización. El proceso de reclutamiento se inicia con la búsqueda de candidatos y termina cuando se reciben las solicitudes de empleo
.
Proceso
Existe un proceso de reclutamiento que en general los reclutadores llevan a cabo en varios pasos. El reclutador identifica la vacante mediante la planeación de recursos humanos a petición de la dirección. El plan de recursos humanos puede mostrarse especialmente útil, porque ilustra las vacantes actuales y las que se contemplan a futuro.

Ese plan permite al reclutador actuar en forma práctica, al poseer información sobre las necesidades de personal presentes y futuras. El reclutador se referirá tanto a las necesidades del puesto como a las características de la persona que lo desempeñe.

Siempre que lo juzgue necesario, el reclutador debe solicitar información adicional poniéndose en contacto con el gerente que solicitó el nuevo puesto.

Se recomienda que los gerentes de área entreguen al departamento de Recursos Humanos una requisición de personal la cual contenga los requerimientos y el perfil del candidato que se esta solicitando. El siguiente cuadro muestra el proceso de reclutamiento.


Figura 1. Werther William B., Jr. Administracion de personal y recursos humanos, Quinta Edición, Editorial McGrill, 2000
Fuentes de reclutamiento interno
Las empresas cuentan con fuentes de reclutamiento interno, los empleados que laboran en la compañía constituyen una fuente esencial de posibles candidatos para un puesto. Tanto si se trata de una promoción, como de un movimiento lateral, los candidatos internos ya están familiarizados con la organización y poseen información detallada acerca de las políticas y los procedimientos.

Las decisiones de las promociones y transferencias laterales generalmente las toman los gerentes de línea, con escasa participación del departamento de recursos humanos en el proceso.

A continuación se mencionan las fuentes de reclutamiento interno más comunes:

Programas de promoción de información sobre vacantes. Los departamentos de personal participan en procesos de promover y transferir al personal de la compañía mediante programas de promoción de información sobre vacantes, a través de las cuales se les informa a los empleados que vacantes existen y cuales son los requisitos para llenarlas.
Esta información se puede colocar en boletines informativos en áreas de continua circulación, como la cafetería o boletines electrónicos, en los casos que las organizaciones tienen acceso a computadores personales.

Empleados que se retiran. Una fuente de candidatos que a menudo se ignora es la que componen los empleados que se retiran se la empresa por diversas razones. Muchos pueden marcharse porque otras obligaciones no les permiten cumplir una jornada normal de 48 horas semanales. Otros permanecerían en la empresa si pudieran variar sus horarios, o se han visto obligados a retirarse por diversas razones legitimas y pueden volver a integrarse a la compañía.

Referencias y recomendaciones de los empleados. Una de las mejores fuentes para obtener empleados que puedan desempeñarse eficazmente en un puesto de trabajo es la recomendación de un empleado actual. ¿Por qué? Porque los empleados rara vez recomiendan a alguien, a menos que crean que esa persona pueda desempeñarse adecuadamente. Una recomendación se refleja en el empleado que la hace, y cuando lo hace esta en juego su reputación, puede esperarse que se haya basado en un juicio acertado. Los recomendados de un empleado pueden recibir información mas precisa acerca del puesto potencialmente deseado a ocupar.

Fuentes de reclutamiento externo
Cuando las vacantes no pueden llenarse internamente, el departamento de recursos humanos debe identificar candidatos en el mercado externo de trabajo.

Candidatos espontáneos.
Todo departamento de recursos humanos recibirá en el curso del tiempo solicitudes de personas que deseen emplearse y ciertos individuos sencillamente pueden presentarse a las instalaciones de la compañía con el mismo fin. En ambos casos la práctica mas común es la de pedir a la persona que llene un formulario de solicitud de empleo para determinar sus intereses y habilidades.

Referencias de otros empleados.
Es posible que los actuales empleados de la organización refieran a ciertas personas al departamento de recursos humanos. Estas referencias presentan varias ventajas, que los empleados especializados en distintas áreas en las que es difícil obtener solicitantes pueden conocer a otras personas con similares conocimientos.

Anuncios de periódicos.
Los periódicos, y en algunos de los casos las revistas especializadas, ofrecen otro método efectivo para la identificación de candidatos. Ya que los avisos pueden llegar a mayor número de personas que las recomendaciones de los empleados o los candidatos espontáneos.
Los anuncios de solicitud de personal describen el empleo y las prestaciones, identifican a la compañía y proporcionan instrucciones de como presentar la solicitud de trabajo. Son la forma más común de solicitar empleados.

Agencia de empleo.
Estas compañías establecen un puente entre la vacante que sus clientes les comunican periódicamente y los candidatos que obtienen mediante publicidad o mediante ofertas espontáneas. Generalmente, la agencia solicita al candidato que se presente en las oficinas de personal de la empresa contratante. El pago de la agencia puede provenir de la empresa contratante o del candidato. Una tarifa común es un mes de sueldo o en algunos casos el 10% del ingreso anual del empleado. (Estas tarifas varían de acuerdo a la agencia de colocación).

Compañías de identificación de personal a nivel ejecutivo.
Laborando en un nivel más especializado que las agencias, solamente contratan ciertos recursos humanos específicos, a cambio de un pago cubierto por la empresa contratante. Algunas compañías se especializan en buscar personal de nivel ejecutivo, en tanto que otras lo hacen en la identificación de técnicos.

Instituciones educativas.
Las universidades y las instituciones académicas son una buena fuente de candidatos jóvenes que harán moderadas peticiones de salarios.

Asociaciones profesionales.
Establecen programas para promover el pleno empleo entre sus afiliados. Algunas asociaciones llegan incluso a publicar secciones de avisos clasificados, revistas y periódicos que emiten. Los profesionales que pertenecen en forma activa a una asociación tienden a mantenerse muy actualizados en su campo, por lo tanto, es un canal idóneo para la identificación de expertos de alto nivel.

Sindicatos.
Cuando el reclutador esta familiarizado con las normas y reglamentos sindicales este canal puede resultar muy útil para la localización de técnicos, obreros especializados, plomeros, carpinteros, etc.

Agencias de suministro de personal temporal.
Operan prestando personal a una empresa que requiere llenar una vacante durante determinado tiempo. Entre las ventajas de este tipo de agencias se cuentan su rapidez para suministrar personal clave y las tarifas relativamente razonables que cobran por sus servicios.

Personal de medio tiempo.
Aunque hay notables variantes en este mercado, muchas empresas continúan mostrándose reticentes a formar un vínculo laboral que para la compañía conlleva todas las responsabilidades legales sin aportar a cambio los servicios completos del empleado.

Entidades estatales.
Con frecuencia los organismos de las entidades oficiales mantienen estadísticas e información diversa sobre los niveles de empleo que se observan en determinados campos y a menudo sus publicaciones y monografías permiten obtener información esencial de las condiciones de empleo en determinada región del país.

Ferias de trabajo.
Una técnica innovadora y hasta cierto punto poco aprovechada es la de impulsar la participación de la empresa en las ferias o exposiciones de oportunidades laborales que se organizan en determinadas comunidades o industrias.

El reclutamiento no se debe de tomar a la ligera ya que es el inicio de la búsqueda de candidatos, así mismo se le debe dar la misma importancia a la elección de la fuente de reclutamiento más adecuada para la empresa (ya se interna o externa) en ambos casos se debe de valorar que es lo que realmente le conviene a la organización, ya que de esto depende el éxito de una buena selección y la contratación del candidato adecuado, es decir que cumpla el perfil deseado.


SELECCIÓN DE PERSONAL

La selección de personal es un proceso que integra la vinculación, mantenimiento, remuneración y bienestar social del factor humano. Todo esto en búsqueda de la calidad humana en el trabajo. La selección de personal en la administración esta básicamente dirigida a la consecución del talento humano. El proceso de selección consiste en una serie de pasos enfocados a elegir que aspirante se encuentra más apto para ser contratado.

Hay que tener en claro que en este proceso y de acuerdo al cargo y a la empresa los procedimientos pueden o bien ser mas resumidos o más extendidos, es decir, podemos encontrar empresas en las que el proceso de selección se hará de una forma más larga y con una serie de pruebas o entrevistas mayor, como es de esperar esto ocurre ya sea por políticas internas o por que el cargo a ocupar así lo requiere.

OBJETIVOS DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL
La selección del personal se encarga de encontrar trabajadores idóneos con quienes se pretende trabajar en la empresa y satisfacer las necesidades de personal, ya que junto con la maquinaria, el dinero, las instalaciones y los sistemas, procedimientos, gráficas, etc. se le da a la organización su talento, su trabajo, creatividad y esfuerzo, le da las herramientas necesarias para su formación y de esta forma encamina a la realización de los objetivos de la organización.

PLANEACION DE LA SELECCIÓN
Consiste en anticiparse a la selección y calcular las próximas necesidades de la empresa en lo referente a trabajadores: en esta planeación es necesario revisar la necesidad del suficiente personal para desarrollar sus actividades o simplemente para ocupar un puesto vacante. Con la planeación de selección de personal lo que se pretende es determinar el número y calificación de las personas que son necesarias para desempeñar deberes específicos en un momento dado.

Con la siguiente figura se representa el flujo de la determinación de selección de recurso humano:

PROCESO DE SELECCIÓN

Cuestionario de solicitud:
Mediante este procedimiento se conoce el interés que tiene el solicitante de obtener el empleo y contiene la información suficiente para realizar la entrevista inicial.

Entrevista inicial:
Evalúa rápidamente que tan aceptable es el candidato para obtener el empleo. Para esta entrevista existen una serie de puntos que deben ser tomados en cuenta:
Antes de comenzar se deben determinar las preguntas que se le hará al solicitante.
Realizar la entrevista en un ambiente tranquilo.
Dedicarle toda la atención posible al aspirante.
Observar detenidamente la forma en que habla y se comporta el entrevistado.

Pruebas:
Las pruebas son pruebas muy sencillas que se encargan de evaluar, de una manera muy general, las capacidades y aptitudes que tienen los candidatos a los puestos vacantes.

Investigación de antecedentes y verificación de referencias:
Con este procedimiento lo que se pretende hacer es comprobar la veracidad de la información que es proporcionada en cuestionario de solicitud y en la entrevista.

Entrevistas a fondo para la selección:
Generalmente, es realizada por una persona que se encargue de todas las áreas; son una forma de comprobar la autenticidad de la información suministrada por el candidato, ya que las preguntas del entrevistador están basadas en el curriculum o en la solicitud de empleo que le fue proporcionada.

Examen físico:
El examen físico es todo un conjunto de exámenes físicos que proporcionan los resultados sobre el estado de salud en el que se encuentra el aspirante al empleo vacante.

Oferta de empleo:
Si el candidato el vacante ha aprobado todas las pruebas y exámenes a las que ha sido sometido, y si la empresa muestra interés de contratarlo, le envía directamente una oferta de trabajo, en donde la empresa demuestra el interés que tiene de contratarlo.




CONTRATACION

QUE ES UN CONTRATO DE TRABAJO

Es un convenio o acuerdo de voluntades, creador de obligaciones, celebrado entre una persona natural (el trabajador) y una persona natural o jurídica (el empleador), para que el trabajador preste determinados servicios personales, bajo la continuada subordinación del empleador, a cambio de una remuneración.

Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, Salario. (Art. 22 C.S.T).

CLASES DE CONTRATO

CONTRATO A TÉRMINO FIJO: 
Por mandato legal, necesariamente debe constar por escrito. El límite temporal impuesto para este forma de vinculación es de tres años. Sin embargo, puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado es inferior a un año.

Esa restricción establece un límite máximo de hasta tres prórrogas de la misma duración. Cumplido ese plazo la empresa que desee mantener vigente la relación no se podrá extender el contrato por un tiempo inferior a un año. Tanto, la legislación como la jurisprudencia (interpretaciones que las altas cortes de justicia hacen de las normas) han otorgado a empleador y trabajador la facultad para renovar esos contratos por plazos inferiores o superiores al inicialmente pactado. 

CONTRATO A TÉRMINO INDEFINIDO: 
Está definido en el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo. Es aquel en los que no se estipula un plazo fijo, su duración no está determinada por la duración de una obra y no es de carácter accidental o transitorio. En ese sentido, su vigencia se mantiene mientras subsistan las causas que le dieron origen.

Los contratos que se acuerdan verbalmente siempre son considerados a término indefinido. Por esta razón, y ante la necesidad de consagrar los acuerdos extralegales (cláusulas adicionales) al que lleguen las partes, conviene que consten por escrito.

CONTRATO OCASIONAL, ACCIDENTAL O TRANSITORIO: 
Enunciado en el artículo sexto del Código Sustantivo del Trabajo, no puede extenderse más de un mes. Esta condicionado a que sea para la ejecución de labores distintas de las actividades normales de la empresa. Por ejemplo, es el que se presenta cuando una compañía dedicada a la venta de vehículos celebra con un trabajador para desarrollar labores de fontanería en sus instalaciones. Es evidente que la comercializadora descrita no tiene entre sus actividades ordinarias, ni las de la naturaleza de su actividad desarrollar ese tipo de trabajos. 

OBRA O LABOR DETERMINADA: 
Es aquel tipo de contracto que se mantiene mientras dure la tarea encomendada. Otorga libertad a las partes en la medida que son ellas las que establecen el tiempo en el que se extiende la realización. Es ampliamente utilizada en empresas dedicadas a la construcción o actividades sujetas a contratos especiales con terceros que exigen incremento de personal únicamente para una obra concreta y en proporción al avance de la misma. 

FORMAS DE CONTRATAR
El contrato de trabajo puede ser verbal o escrito; para su validez no requiere forma especial alguna, salvo disposición expresa en contrario.

CONTRATO VERBAL. Cuando el contrato sea verbal, el patrono y el trabajador deben ponerse de acuerdo, al menos acerca de los siguientes puntos:
La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse
La cuantía y forma de la remuneración, ya sea por unidad de tiempo, por obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera, y los períodos que regulen su pago
La duración del contrato, ya sea a prueba, a término indefinido, a término fijo o mientras dure la realización de una labor determinada.

CONTRATO ESCRITO. El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos; está exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional y debe contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes acuerden libremente, las siguientes: la identificación y domicilio de las partes; el lugar y la fecha de su celebración; el lugar en donde se haya contratado el trabajador y en donde haya de prestar el servicio; la naturaleza del trabajo; la cuantía de la remuneración, su forma y periodos de pago; la estimación de su valor, en caso de que haya suministros de habitación y alimentación como parte del salario; y la duración del contrato, su desahucio y terminación.


INDUCCION DE PERSONAL

El programa de Inducción esta orientado a ofrecer un Instrumento que permita a la empresa lograr que sus trabajadores se adapten e identifiquen con ella, de manera de mantener los elevados estándares de calidad de servicios y de formar y conservar trabajadores eficientes, altamente motivados, estimulados y capacitados.

Objetivo general
Facilitar la adaptación e integración del nuevo trabajador a la organización y a su puesto de trabajo, mediante el suministro de la información relacionada con las características y dimensiones de la misma, logrando que la Empresa cuente con equipos de trabajo de alto rendimiento en todas sus dimensiones, lo que trae eficiencia y eficacia, amor al trabajo y la satisfacción de compartir con otros el desarrollo organizacional.

Objetivos específicos
Proporcionar al trabajador información referente al contexto general donde ingresa; es decir, su historia, estructura, evolución y actividad a que se dedica.
Dar a conocer a los nuevos trabajadores sobre sus derechos y deberes dentro de la organización a la cual ingresa.
Suministrar al trabajador información sobre los beneficios sociales, económicos, actividades deportivas y culturales, actividades de desarrollo y de formación de personal.
Contribuir a la identificación del trabajador con su situación de trabajo y todo lo que ello implica.
Mantener informado al nuevo personal de los cambios que se produzcan en la Empresa, en cuanto a políticas, normas, procedimientos y cambios de estructura.
Proporcionar al trabajador que ingresa, las bases para una adaptación con su grupo de trabajo.

Políticas y Normas del Programa de Inducción
Políticas:
La Gerencia de Recursos Humanos conjuntamente con los Jefes Inmediatos donde esté ubicado e nuevo trabajador, deben ser los encargados de dar a conocer el Programa de Inducción de la Empresa.
Todo el personal que ingrese a la empresa debe ser sometido al proceso de inducción, con el fin de facilitar la información que permita lograr la identificación con la organización; de tal forma que su incorporación cubra todos los aspectos de un adecuado ajuste a su puesto de trabajo.
La Gerencia de Recursos Humanos debe informar todo lo relacionado con la empresa; Misión, Visión, Historia, Estructura Organizativa, Beneficios socioeconómicos y Normas de conducta Interna y todo aquello que tenga relación con el Departamento  al cual será adscrito.
El Programa de Inducción, deberá ser evaluado periódicamente por la Gerencia de Recursos Humanos, conjuntamente con el Jefe Inmediato; con el fin de realizar los ajustes necesarios que aseguren la permanencia del programa.
El Programa de Inducción, debe estar sujeto a cualquier cambio que se produzca en la Empresa con el objeto de mantenerlo actualizado.

Normas:
La Gerencia de Recursos Humanos, es la encargada de coordinar el Programa de Inducción, igualmente velará por el desarrollo del proceso.
El Proceso de Inducción se realizará periódicamente los días lunes una vez cada tres (3) meses, con una duración de cuatro (4) horas.
El Gerente de Recursos Humanos deberá entregar al nuevo trabajador, el Manual de Inducción y el folleto de Seguridad e Higiene Industrial, durante el proceso de Inducción.
La Inducción específica del puesto, será realizada por los Jefes de las distintas áreas a la cual se asigne el trabajador, realizando las actividades necesarias para lograr el cumplimiento de este objetivo.
La Gerencia de Recursos Humanos, notificará a los Jefes por área la lista de los nuevos empleados que serán sometidos al Programa de Inducción.
Las técnicas empleadas para el programa de inducción se realizará mediante conferencia utilizando medios audiovisuales (computador,  videobeam y otros) a nivel interno.
El Programa de Inducción debe ser revisado periódicamente por la Gerencia de Recursos Humanos.
Al culminar el Programa de Inducción el trabajador deberá llenar un formato suministrado por la Gerencia de Recursos Humanos, denominado "Evaluación del Programa de Inducción", para así dar una opinión a cerca del proceso realizado.

Fases del programa de inducción
El programa de inducción esta compuesto por cuatro (4) fases, que evalúan los resultados obtenidos en el plan, con la aplicación del instrumento Evaluación del Programa de Inducción, a fin de aplicar los correctivos correspondientes. Siendo responsables de esta ejecución la Gerencia de Recursos Humanos.

a. Fase de Recepción
Esta fase tiene como finalidad el recibimiento de los nuevos trabajadores, dándoles la bienvenida a la Organización. Es responsable de la aplicación de esta fase la Gerencia de Recursos Humanos y el Gerente General de la Empresa.

Responsable
Paso
Acción
Gerencia de Recursos Humanos
1
Envía cronograma de actividades del Programa de Inducción y comunica a los responsables de cada acción.

2
Envía a los Jefes lista de los nuevos trabajadores de su área que asistirán a la charla de Inducción.

3
Contacta al nuevo trabajador y lo cita para la fecha, hora y lugar.

4
Recibe al nuevo trabajador y le facilita los formularios de ingreso para su diligenciamiento.

5
Dirige al trabajador al sitio donde se dictará la Inducción General de la empresa y le indica su lugar en el salón.

6
Inicia la presentación entre los participantes y realiza la dinámica de grupo.

7
Informa la finalidad del proceso de Inducción.

8
Entrega el Manual de Inducción y el folleto de Seguridad e Higiene Industrial.

9
De no realizarse la Inducción General de la empresa en el momento del ingreso, se traslada al trabajador a su puesto de trabajo.

b. Fase de Inducción General
En esta fase se le suministra al nuevo trabajador información general sobre la Empresa, a objeto de facilitar su integración con la organización. En esta fase se involucran además de la Gerencia de Recursos Humanos, la intervención del Jefe inmediato.

Responsable
Pasos
Acción
Gerente de Recursos Humanos
1
Presentar ante los nuevos trabajadores al Gerente General de la Empresa.
Gerente General
2
Da la palabra de bienvenida.

3
Suministra información general a los nuevos trabajadores sobre la Historia de la Empresa, objetivos y estructura de la organización.

4
Presenta a su Jefe inmediato.
Jefe Inmediato
5
Da la bienvenida a los nuevos trabajadores y suministra información sobre estructura y objetivos del área.
Gerente de Recursos Humanos
6
Suministra información a los participantes sobre normas de conducta interna y beneficios socioeconómicos.

7
Proyecta Manual de Inducción a los nuevos trabajadores y explica contenido.

8
Indica seguimiento de lectura del folleto de Seguridad e Higiene Industrial.

9
Finaliza charla de Inducción e incita a los trabajadores a aclarar dudas.


c. Fase Inducción Específica.
Esta fase tiene como finalidad dar a conocer al nuevo trabajador sobre el cargo a desempeñar y a la unidad de trabajo a la cual estará adscrito, la misma será ejecutada por el Jefe Inmediato. Suministrando información referente a: denominación del cargo, ubicación dentro de la organización, deberes y responsabilidades del cargo, objetivo, estructura y funcionamiento del área.

Responsable
Pasos
Acción
Jefe Inmediato
1
Recibe al nuevo trabajador y suministra información sobre la Unidad donde se va a desempeñar, así como sus deberes y responsabilidades en el área de trabajo.

2
Suministra información sobre el cargo a desempeñar y entrega descripción del cargo.

3
Presenta al nuevo trabajador con sus compañeros y lo ubica en un sitio de trabajo.

d. Fase de Evaluación y Seguimiento del Programa.
En esta fase se evalúan los resultados obtenidos en el plan, con la aplicación del instrumento Evaluación del Programa de Inducción, a fin de aplicar los correctivos correspondientes. Siendo responsables de esta ejecución la Gerencia de Recursos Humanos.

Responsable
Paso
Acción
Gerente de Recursos Humanos
1
Entrega al nuevo trabajador el formato de evaluación del Programa de Inducción para su debido llenado.

2
Recibe el instrumento, lo revisa y analiza la información.

3
Discute con los responsables los resultados obtenidos y hace los ajustes necesarios.

4
Archiva formulario para el control posterior


DESARROLLO DE PERSONAL

CAPACITACIÓN

Las Empresas  contribuyen con el proceso de formación de los empleados (nuevos y antiguos), a través de programas de capacitación dirigida tanto al personal Administrativo como al personal operativo. Dichos programas son dictados por personas y Entidades de reconocido prestigio. Estas capacitaciones pueden ser dictadas directamente en las instalaciones de las empresas usuarias, previa solicitud de programación con la Gerencia de Recursos Humanos.

Indudablemente, en el empleado descansa gran parte del éxito en los retos que se ha planteado y que se planteará la empresa en el corto y largo plazo; para ello se hace necesario, que el mismo sea desarrollado al máximo de su potencial y que a su vez este potencial sea aprovechado al máximo.

Tomando en consideración todo lo anterior y en la búsqueda de los mecanismos que coadyuven al desarrollo y aprovechamiento del potencial del trabajador, el programa de capacitación esta compuesto por tres (3) cursos así:

Calidad Total.
Este curso permite aprender la teoría de calidad total y nos prepara para implementar cambios en tu empresa orientados hacia una mejora continua.
Trabajo en Equipo
Conocer los fundamentos del trabajo en equipo, comprender la importancia del mismo, conocer los diferentes estilos de participación y su aplicación,  desarrollar un mayor espíritu de grupo y conocer el rol del líder.
Administración de Proyectos
Conocer el concepto de administración de proyectos, identificar las principales variables para su control efectivo y poner en práctica las herramientas para su administración profesional.

Propósito
El proceso de capacitación debe contribuir a crear un ambiente institucional positivo, que se traduzca en un clima laboral armónico, ayudando a través del aprendizaje a promover interrelaciones personales fluidas. Se debe fomentar el respeto y la tolerancia entre las personas, para un mejor desarrollo del grupo y del trabajo en equipo.

Objetivos:
Desarrollar los conocimientos, competencias y actitudes de los recursos humanos, con el fin de mejorar el desempeño  y aumentar el rendimiento y la productividad laboral.
Propender al desarrollo integral de los recursos humanos, satisfaciendo sus necesidades de crecimiento personal y atendiendo a sus aspiraciones profesionales y laborales.
Inducir cambios conductuales que ayuden al cumplimiento de la Misión, de los objetivos y de las políticas del Servicio.
Facilitar la adaptación de los funcionarios frente a las nuevas exigencias tecnológicas y a las modificaciones estructurales propias de la Empresa.
Introducir y aplicar para la mejor gestión del Servicio los conocimientos y tecnologías de punta, así como las más modernas metodologías y medios didácticos para incentivar y fortalecer el aprendizaje.
Desarrollar competencias y actitudes que ayuden a las personas a involucrarse y participar activamente en la  gestión pública y en la modernización del Servicio.

Políticas y Normas del Programa de Capacitación
Políticas:
La Gerencia de Recursos Humanos conjuntamente con los Jefes Inmediatos donde esté ubicado e nuevo trabajador, deben ser los encargados de dar a conocer el Programa de Capacitación de la Empresa.
Todo el personal que ingrese a la empresa debe ser sometido al Programa de Capacitación, con el fin de facilitar la información que permita lograr la identificación con la organización; de tal forma que su incorporación cubra todos los aspectos de un adecuado ajuste a su puesto de trabajo.
El Programa de Capacitación, deberá ser evaluado periódicamente por la Gerencia de Recursos Humanos, conjuntamente con el Jefe Inmediato; con el fin de realizar los ajustes necesarios que aseguren la permanencia del programa.
El Programa de Capacitación, debe estar sujeto a cualquier cambio que se produzca en la empresa con el objeto de mantenerlo actualizado.

Normas:
La Gerencia de Recursos Humanos, es la encargada de coordinar el Programa de Capacitación, igualmente velará por el desarrollo del Programa.
El Programa de Capacitación se realizará periódicamente los días viernes y sábados cada dos (2) meses, con una duración de 16 horas.
La Gerencia de Recursos Humanos, notificará a los Jefes por área la lista de los nuevos empleados que serán sometidos al Programa de Capacitación.
Las técnicas empleadas para el programa de inducción se realizará mediante conferencia utilizando medios audiovisuales (computador,  videobeam y otros) a nivel interno.
El Programa de Capacitación debe ser revisado periódicamente por la Gerencia de Recursos Humanos.
Al culminar el Programa de Capacitación el trabajador deberá llenar un formato suministrado por la Gerencia de Recursos Humanos, denominado "Evaluación del Programa de Capacitación", para así dar una opinión a cerca del proceso realizado.


TÉCNICAS DE CAPACITACIÓN

Método de enseñanza-aprendizaje.
El método utilizado es de participación activa del participante, basado fundamentalmente en el trabajo en grupos pequeños y en el método de casos.

Trabajo en grupos porque permite la interacción y el desarrollo de aptitudes que no pueden desenvolverse fácilmente en forma individual.

El trabajo en grupos pequeños, tiene siempre una puesta en común posterior que se realiza generalmente en la misma clase. Cuando finaliza el tiempo asignado para el trabajo en los grupos, se invita a un integrante de uno de los grupos - relator - a que exprese la solución dada a la primera consigna. Se escucha a los otros grupos en la medida en que la solución sea diferente. Se requiere la solución de la segunda consigna a otro grupo, dándose intervención a los demás cuando tengan criterios o argumentos distintos. El rol de relator dentro del grupo es rotativo, a fin de que todos los alumnos puedan expresarse en el grupo grande.

Después de que los grupos han dado su opinión, el profesor realiza las precisiones necesarias, confirma la solución correcta o acepta soluciones diferentes, tratando de que los alumnos sean concientes de los valores que privilegia una u otra. Es en esta oportunidad en que se realizan las generalizaciones y se llega a los conceptos abstractos, a través del método mayeútico. El docente propicia al finalizar el análisis del caso, la construcción de la síntesis.

Finalizado el curso, el participante descubrirá los procesos grupales, la variedad de opiniones y las diversas posiciones como fuerzas que impulsan la solución de los problemas, mediante la resolución de casos prácticos.

Método de casos
El método de casos se utiliza como método de enseñanza-aprendizaje,  todas las clases y no exclusivamente para aplicar los conocimientos teóricos, después de clases expositivas.  Básicamente el método es inductivo y no deductivo. Se parte  de una situación concreta - el caso - y a través de su resolución se llega, por medio de un proceso de abstracción, a los conceptos generales.

Los casos no tienen una sola pregunta del tipo ¿Cómo resuelve Ud. la cuestión? o ¿Corresponde hacer lugar a la demanda?,  sino una serie de consignas, que van guiando el proceso de resolución, encarando los distintos aspectos y cuestiones que deben ser enfocados para llegar a la solución final. Precisamente la formulación de las consignas o la elección de las que se utilizarán en cada clase, depende de los contenidos básicos que el docente quiera trabajar en esa oportunidad.

Sistema de evaluación utilizado.
Propiciamos conjuntamente con la evaluación permanente, tres evaluaciones formales, Las dos primeras son escritas e individuales, práctico-teóricas, con textos normativos a la vista. El alumno debe resolver pequeños casos, analizar o redactar normas,  identificar problemas de la materia en normas que se transcriben e indicar con qué criterio han sido enfocados, y contestar algunas preguntas conceptuales, que generalmente requieren una respuesta breve y concisa.

La tercera y última evaluación consiste en la resolución de uno o más casos en forma grupal, con los textos normativos a la vista y observación del docente del trabajo grupal. Esta modalidad  permite obtener información  sobre las distintas áreas de la conducta: cognoscitiva, afectiva y psicomotriz.


DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO

Introducción
En un entorno sumamente competitivo como el actual, donde la continúa adaptación al mercado exige constantes cambios para lograr el desarrollo y el crecimiento de las empresas, la formación se ha convertido en un factor clave para el éxito. Una de las principales contribuciones a la formación es conseguir que las personas soporten mejor y de una manera más eficiente estos cambios significativos.

El Plan de Formación de la empresa, ha de responder a las necesidades y objetivos de futuro de la organización en su hacer hacia la mejora continua y la excelencia profesional. Por tanto, adquiere sentido desde una proyección del presente hacia el futuro.

Desde esta perspectiva, el Plan de Desarrollo del talento humano, se concibe como un instrumento que operativiza una de las líneas para el desarrollo de los profesionales de la organización, estableciendo las prioridades en la planificación e implementación de los eventos formativos y los recursos necesarios para avanzar hacia la mejora continua.

El Plan de Desarrollo debe contemplar de forma integrada el plan de desarrollo organizativo e individual, incorporando contenidos derivados de los resultados esperados de los objetivos globales de la organización, de cada unidad de gestión o servicio y la adecuación de cada profesional al mapa de competencias del puesto de trabajo.

Desde esta visión, la formación de los profesionales deja de ser mera transmisión de conocimientos y habilidades en un contexto académico, para transformarse en una política estratégica, cohesionada con los objetivos a cubrir por la organización y la consecución de una mayor empleabilidad de los profesionales.

Un plan basado en la detección de necesidades formativas y la evaluación de las acciones formativas realizadas. Un plan que pretende establecer una continuidad en los programas formativos que se ofrecen de carácter modular, de ahí su configuración plurianual, con el compromiso de hacer de él un instrumento dinámico, de manera que pueda ir incorporando en los programas anuales de acciones formativas las necesidades que se detecten.

Objetivos:
El Plan de Desarrollo del Talento Humano debe dar respuesta a las necesidades de la empresa y a las expectativas de los profesionales; por ello su principal finalidad es garantizar la  calidad, potenciando y facilitando la integración, implicación, compromiso, incentivación y motivación de los profesionales mediante el adecuado desarrollo profesional, actualizando y mejorando los conocimientos, habilidades y actitudes de los mismos ante la evolución científica y tecnológica y las demandas y necesidades, tanto sociales, como del propio sistema sanitario, avanzando hacia la optimización y la excelencia profesional.

En consecuencia, los objetivos a conseguir con el Plan de Desarrollo son:
Relanzar el papel de los profesionales de la empresa, como elemento clave para la consecución de los objetivos de la organización.
Dotar a los profesionales de las competencias necesarias para el adecuado desempeño del puesto, orientado a mejorar la calidad del proceso asistencial en su caso, y garantizar la seguridad del usuario.
Fomentar la empleabilidad de los profesionales, mediante la programación de actividades formativas dirigidas al desarrollo polivalente de funciones o responsabilidades diversas en aras a la promoción vertical u horizontal.
Facilitar y potenciar el cambio y la innovación, considerados como una dinámica de evolución y mejora continua.
Facilitar la adaptación de los profesionales a los cambios producidos por el proceso de modernización de la Empresa.
Facilitar la adaptación de los profesionales a las innovaciones tecnológicas, de sistemas de información, legales o de otro tipo que se desarrollen en los puestos de trabajo, así como favorecer el conocimiento de aspectos científicos, éticos, sociales y económicos de la Empresa.
Contribuir a la incentivación en el trabajo e incrementar la motivación de los profesionales.
Fomentar el liderazgo competitivo de la Empresa por cuanto pueda ofrecer más y mejores prestaciones y servicios.
Mayor productividad de los trabajadores al igual que, adecuarlos para progresar.
Definir y resolver las necesidades de crecimiento de cada trabajador, mediante una adecuada política de desarrollo de personal.
Brindar oportunidad al personal para hacer un buen trabajo, deseando hacer un buen trabajo y esto sólo es posible cuando la organización determina sistemáticamente las necesidades del personal con el objeto de mejorar sus conocimientos, habilidades y actitudes.

Desarrollo Estructura Funcional
Dependiendo de la Gerencia de Recursos Humanos, se crea la Unidad de Formación.
Las principales funciones a desarrollar por la Unidad de Formación serán:
Elaboración de propuesta de procedimientos y/o sistemas de detección y análisis de las necesidades de formación de los profesionales de la Empresa, en función de las derivadas de los mapas de competencias del puesto y los propios de cada área.
Canalizar las propuestas de acciones formativas formuladas por los responsables de las distintas Áreas y Departamentos que componen la estructura organizativa de la Empresa, tras el procedimiento de detección de necesidades realizado por éstas.
Coordinación y elaboración del Programa de Formación anual, previa priorización de las acciones formativas y entrenamiento.
Promover, coordinar, diseñar y gestionar las acciones formativas.
Realización de las convocatorias de las actividades de formación con tiempo suficiente, así como la difusión de las mismas.
Elaboración de una Base de Datos Curricular de Profesionales, que permita conocer en todo momento las acciones formativas desarrolladas por éstos, las competencias adquiridas y el nivel alcanzado en las mismas.
Ser interlocutor en materia de formación.
Asesoramiento sobre la metodología y las herramientas técnicas aplicables en la formación.
Análisis e informe de las evaluaciones por acción formativa.
Desarrollo de un sistema de medición de la eficacia y eficiencia de las acciones formativas realizadas.
Gestionar y administrar el presupuesto para formación.
Responsabilizarse de los medios didácticos y su óptimo funcionamiento.
Certificación de las acciones formativas, a través de la Gerencia de Recursos Humanos.
Diseñar un sistema de validación de las competencias adquiridas en la formación tras un periodo determinado, en orden a comprobar el impacto sobre el desarrollo del trabajo.

Análisis y detección de necesidades formativas
El análisis de detección de necesidades formativas implica un nuevo enfoque en la orientación de la formación en general – interna y externa -, que pasa de una formación a demanda, a una formación fundamentalmente dirigida a Áreas y/o colectivos concretos y orientada a dar respuesta a las necesidades de la Empresa, intentando conciliar tales necesidades con las expectativas laborales de los profesionales.

La principal fuente para la identificación de necesidades de formación es el documento de Evaluación para el Desarrollo Profesional (EDP). Mediante la  entrevista de evaluación el gestor de profesionales evaluará las competencias clave establecidas a través del procedimiento diseñado para ello; de esta evaluación se derivarán una serie de propuestas de mejora y necesidades formativas de los profesionales relacionadas con dichas competencias y en consecuencia, con los objetivos de la organización, de la Empresa y los propios del Área. Tales necesidades quedan plasmadas en el documento de EDP, una vez depuradas y  priorizadas por el Evaluador, firmando el correspondiente acuerdo o compromiso con cada profesional.

El análisis y síntesis de los acuerdos formativos reflejados en la EDP, lo realizará la Unidad de Formación, quien trasladará la información a la Gerencia de Recursos Humanos, para la adopción de los acuerdos pertinentes.

Evaluación
Periódicamente debe realizarse por la Unidad de Formación una revisión de todos aquellos objetivos propuestos por el Plan de Formación, analizar todas aquellas fortalezas, amenazas, debilidades y oportunidades e informar a la Gerencia para la apreciación de las áreas de desarrollo excelentes, así como aquellas que necesiten mejorar o reformular las acciones formativas propuestas

Desarrollo de la Evaluación
1. Evaluación de la acción formativa
Evaluar la formación significa comparar los efectos reales con los previstos y el impacto que produce en la mejora del trabajo de los profesionales. Para evaluar los efectos de una acción formativa es preciso definir con carácter previo, qué objetivos concretos queremos conseguir. Tales objetivos concretos han de ser acordes con los generales del Plan de Formación.

2. Evaluación multitemporal
Lo importante no es sólo conseguir unos efectos en un momento dado, sino que éstos se mantengan a lo largo del tiempo, e incluso que evolucionen positivamente. Por ello la evaluación ha de ser multitemporal; es decir, se debe realizar en diversos momentos con el objetivo de verificar la evolución de los efectos conseguidos.

3. Memoria anual
Anualmente se elaborará una memoria donde queden recogidos todos aquellos logros desarrollados e implementados durante el ejercicio, así como las líneas a desarrollar, estimular y potenciar, lo que aportará un valor añadido al procedimiento seguido.


SISTEMA SALARIAL

QUE SE ENTIENDE POR SALARIO
Salario es la remuneración ordinaria, fija o variable, que recibe el trabajador como contra prestación directa del servicio, cual­quiera que sea la forma o denominación que se adopte. Si la suma y los conceptos no son definidos claramente al comenzar el contrato de trabajo, esto va a ser motivo de Por ejemplo: se debe determinar en caso de que haya pagos extralegales si ellos tienen o no el carácter de salario; debe definirse si el salario fijado es para el período de prueba; Si se trata de personas de dirección, confianza y/o manejo, se requiere determinar si en la suma pactada está incluido el valor de los recargos nocturnos o de los dominicales o festivos que se laboren eventualmente.discrepancias futuras que es preferible evitar.

O sea, podemos resumirlo, en que salario es:
El pago habitual (semanal, quincenal o mensual)
Todo pago directo por el servicio.
Primas, sobresueldos y bonificaciones (habituales o periódicas en los 3 casos)
Todo los valores pagados por trabajo suplementario (Extras diurnas, nocturnas y dominicales)
Comisiones por ventas o servicios.

QUE  NO ES SALARIO
No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX del Código Sustantivo del Trabajo, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad.

SISTEMAS O FORMAS DE PAGO
Puede ser tanto en dinero como en especie, pero en caso de ser en especie, debe cumplirse con dos reglas:
Para los que perciben un salario mínimo, no puede recibir en dinero en efectivo, menos del 70%.

Para los que perciben más de un salario mínimo, deben recibir mínimo en dinero en efectivo el 50% del salario acordado.

Salario Integral
El único salario que puede denominarse como salario integral, es aquel que supere como mínimo el valor de 13 smmlv. De dicho salario integral que se acuerde, el 70% será para todos los efectos considerado salario (para liquidar seguridad social, parafiscales y vacaciones) y el 30% restante, es el que cubre el valor por cesantías, primas, recargos por trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones, que si se deben pagar normalmente sobre la base del 70% del salario integral.

INCENTIVOS
Son pagos hechos por la organización a sus trabajadores (salarios, premios, beneficios sociales, oportunidades de progreso, estabilidad en el cargo, supervisión abierta, elogios, etc.), a cambio de contribuciones, cada incentivo tiene un valor de utilidad que es subjetivo, ya que varía de un individuo  a otro; lo que es útil para un individuo puede ser inútil para otro. Los incentivos se llaman también alicientes, recompensas o estímulos.


BONIFICACIONES
Bonificación es el pago que se reconoce al trabajador por el desempeño de labores adicionales a las definidas dentro del cargo o plan anual de trabajo
La bonificación busca otorgar un estímulo o reconocimiento a la contribución del profesor o empleado por los resultados obtenidos
Pueden tener carácter habitual u ocasional y en ambos casos constituyen ingreso gravable para el empleado por lo que son sujetas a retención en la fuente


F. ANÁLISIS DE DESEMPEÑO: FORMAS DE EVALUAR Y PONDERACIÓN.
El proceso de evaluación en una empresa, es un proceso constante, que favorece a través del conocimiento y valoración de su personal facilitar su crecimiento. En un trabajados este proceso parte, de ingreso a la empresa, especialmente en el periodo de prueba donde es observado y evaluado para tomar la decisión definitiva de su vinculación a la compañía.

Esta observación e evaluación continua hace parte de la responsabilidad que tienen los superiores con el empleado o colaborador, no solo para calificar su desempeño, sino para generar cambios positivos en este, y para tomar otro tipo de decisiones que tienen que ver con ascensos, recompensas, traslados, entrenamientos o despidos.
Esto quiere decir que al utilización de este proceso es una herramienta imprescindible en toda empresa, por lo que no sólo aporta información sobre el comportamiento del empleado sino también sobre el funcionamiento general de la empresa.

Llevar a cabo una adecuada evaluación de desempeño, es un proceso que exige objetividad para poder fortalecer las relaciones laborales y evitar así, la generación de conflictos al interior de la empresa.

Se puede decir entonces, que una evaluación es un método de control que permite  en el cado del desempeño medir y calificar el rendimiento del empleado, dar información al empleado acerca de lo que espera de la emprsa de él, de cómo percibe ésta y en qué lugar se encuentra dentro de la organización.

La evaluación es un medio que nos permite conocer los aciertos y las equivocaciones, verificar si los procesos para alcanzar las metas son adecuados y si el logro de los resultados es conveniente o inconveniente con respecto a los propósitos. Esto nos permite crear alternativas de mejoramiento que comprometan a todos los actores del sector productivo para avanzar más rápidamente.

Es un proceso continuo de fijación de objetivos y metas de trabajo, análisis del desempeño y de logros individuales y grupales obtenidos durante un período determinado. Está enfocado al mejoramiento y desarrollo de personal.

El proceso debe estar diseñado para:
Generar procesos de evaluación, retro-alimentación, planeación y seguimiento de metas y objetivos comunes
Mejorar el desempeño en lo relativo a eficiencia y/o calidad en las labores
Proveer información a sistemas de reconocimientos orientados a incentivar logros y resultados excepcionales
Proveer información para planes y programas de desarrollo de personal
SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA LEY 100/93

A. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – EPS y IPS.

El Sistema General de Seguridad Social en Salud, es el conjunto de instituciones y procedimientos mediante el cual el Estado garantiza la prestación de servicios de salud a los colombianos(as) de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007.

El sistema general de seguridad social en salud tiene como objetivos regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso de toda la población al servicio en todos los niveles de atención.

El sistema debe proveer gradualmente servicios de salud de igual calidad a todos los habitantes en Colombia, independientemente de su capacidad de pago. La afiliación es obligatoria para todos los habitantes en Colombia, en consecuencia es obligación de todo empleador afiliar a sus trabajadores al sistema.

Las personas que presten directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios , o cualquier otra modalidad de servicios que adopten, están obligados a afiliarse y a realizar aportes, sobre la totalidad de los ingresos percibidos
El sistema brinda atención en salud integral a nivel de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE SALUD
Todos los habitantes en Colombia deberán estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, previo el pago de la cotización que es equivalente al 12,5% del salario base de cotización del afiliado y distribuido de la siguiente manera: 4% lo aporta el empleado y el 8,5% restante lo aporta la empresa.
Todos los afiliados al sistema recibirán un plan integral de protección de la salud, con atención preventiva, medico-quirúrgica y medicamentos esenciales que será denominado e
Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) tendrán a cargo la afiliación de los usuarios y la administración dela prestación de los servicios de las Instituciones prestadores (IPS).ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD
Los afiliados al sistema eligen libremente la entidad promotora de salud y las instituciones prestadoras de servicios
La atención inicial de urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, a todas las personas, independientemente de la capacidad de pago.
Al producirse la desafiliación de la EPS el empleado cuenta con un periodo de protección laboralen el que se continúan atendiendo las enfermedades que vienen en tratamiento o las derivadas de una urgencia.
Una vez suspendido el pago de la cotización como consecuencia de la finalización de la relación laboral del empleado y siempre y cuando haya estado afiliado al sistema los doce meses anteriores, el afiliado y su núcleo familiar gozarán hasta por 30 días más contados a partir de la fecha de desafiliación, de los beneficios ofrecidos por el POS.
Una vez suspendido el pago de la cotización como consecuencia de la finalización de la relación laboral del empleado y siempre y cuando haya estado afiliado a la misma EPS cinco años o más, el afiliado y su núcleo familiar gozarán hasta por 90 días más contados a partir de la fecha de desafiliación, de los beneficios ofrecidos por el POS.
Ninguna persona puede estar cubierta en el régimen de salud por más de una entidad. Si usted se encuentra vinculado con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio o Universidad Nacional y está afiliado con el servicio de salud propio de estas entidades no puede estar inscrito a otra EPS, por lo que debe contactarse con el departamento de Gestión Humana para los trámites de traslado.
La afiliación se suspende después de un mes de no pago de aportes, o no pago de las unidades de pago por capitación.

PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
El sistema general de Salud crea las condiciones de acceso a un Plan Obligatorio de Salud para todos los habitantes del territorio nacional. Este plan permite la protección integral de la familia a la maternidad y enfermedad general en los niveles de promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas la patologías.

El plan obligatorio de salud comprende:
Atención al núcleo familiar del afiliado.
Atención médica básica y especializada de maternidad y de todas las enfermedades de origen común de los afiliados.
Los medicamentos esenciales de acuerdo con el tratamiento que necesite el afiliado.
Atención odontológica.
Reconocimiento de incapacidad temporal derivada de enfermedad o accidente no profesional
Reconocimiento de licencia de maternidad.

El POS para las mujeres en estado de embarazo cubrirá los servicios de saluden el control prenatal, la atención del parto el control del posparto y la atención de las afecciones relacionadas directamente con la lactancia.

El POS para los menores de un año cubrirá la educación, información y fomento de la salud, el fomento de la lactancia materna, la vigilancia del crecimiento y desarrollo, la prevención de la enfermedad incluyendo inmunizaciones, la atención ambulatoria, hospitalaria y de urgencias.

Los Servicios de salud NO cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud son:
Cirugía estética y tratamientos nutricionales con fines de embellecimiento.
Tratamientos para la infertilidad
Tratamientos o curas del sueño
Medicamentos o sustancias que no se encuentren autorizadas en el manual de medicamentos y terapéutica
Tratamientos con drogas experimentales
Tratamientos de psicoterapia y psicoanálisis
Tratamientos en periodoncia, ortodoncia y prótesis en la atención odontológica

Para la atención de algunos servicios de alto costo las E.P.S podrán exigir periodos mínimos de cotización al sistema de salud en general, no a una EPS en particular, pero en ningún caso pueden ser mayores a 100 semanas, por lo tanto son necesarios para las personas que se afilien por primera vez al sistema de Seguridad Social en Salud o que hayan estado fuera de él durante los últimos seis meses.

Las E.P.S. exigen 100 semanas de cotización para la atención de enfermedades catastróficas o ruinosas. 26 de estas 100 semanas deben haber sido cotizadas en el último año, así: Sida, Cáncer, Transplante renal o diálisis, Neurocirugía, Cirugías Cardiovasculares, Reemplazos articulares y Enfermedades congénitas

Las E.P.S. exigen 52 semanas de cotización para la atención de enfermedades que requieran manejo quirúrgico como las siguientes: Tiroidectomía, Prostatectomía, Nefrectomanía, Varicectomía y Colicistectomía.

Si el afiliado no cumple con el número de semanas cotizadas requeridas para el cubrimiento total de los eventos o patologías antes descritos, deberá pagar un porcentaje del valor total del tratamiento, correspondiente al porcentaje en semanas de cotización que le falten para completar los periodos mínimos.

TIPOS DE PARTICIPANTES
Existen tres tipos de participantes dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud:
LOS AFILIADOS AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: El empleador deberá afiliar a sus  trabajadores al Régimen Contributivo mediante una Entidad Promotora de Salud (EPS), pagando el 8.5% y el trabajador el 4% sobre sus ingresos. Igualmente deberá afiliarlos a un Fondo de Pensiones y a una Administradora de Riesgos Profesionales (ARP). Si es trabajador Independiente también puede pertenecer al Régimen Contributivo, pagando la cotización mensual del 12.5% sobre sus ingresos. Además, deberá afiliarse a un Fondo de Pensiones y ARP, dependiendo del tipo de actividad que desarrolle. 

LOS AFILIADOS AL RÉGIMEN SUBSIDIADO: Para que pueda afiliarse al Régimen Subsidiado de Salud, le deberán aplicar la encuesta SISBEN, que quiere decir "Sistema de identificación y clasificación de potenciales beneficiarios para programas sociales del Estado", que permite realizar un diagnóstico socioeconómico de la población vulnerable. Esta encuesta es la puerta de entrada a los programas que ofrece el Estado para las personas con necesidades básicas insatisfechas. Usted puede hacer parte del Régimen Subsidiado de Salud si es identificado mediante la encuesta SISBEN en los niveles 1, 2 ó 3 y no está afiliado al Régimen Contributivo o a un Régimen Excepcional de Salud (Ecopetrol, Fuerzas Militares, Magisterio, entre otros). Igualmente pueden afiliarse las personas que hacen parte de las poblaciones especiales: desmovilizados, indígenas, habitantes de calle, menores en protección, desplazados, inimputables, población encubierta, pueblo ROM (gitanos), entre otros.

LOS PARTICIPANTES VINCULADOS: Si no tiene capacidad de pago y mientras logra ser beneficiario del Régimen Subsidiado, tiene derecho a los servicios de atención en Salud en Instituciones Prestadoras de Salud, (IPS) Públicas y Privadas contratadas por la Secretaría Distrital de Salud. De este grupo hacen parte:
Población identificada  en nivel 1, 2 y 3 SISBEN no afiliada a una Entidad Promotora de Salud Subsidiada.
Afiliados a una Entidad Promotora de Salud Subsidiada (EPS-S) para eventos no incluidos en el plan obligatorio de salud subsidiado (POS-S)
Población especial no afiliada al Régimen Subsidiado: indígenas, habitantes de calle, menores en protección, desmovilizados, inimputables, reinsertados, población desplazada y pueblo ROM (gitanos). De esta población hacen parte estos grupos sociales que por sus diversas condiciones culturales, jurídicas y económicas ingresan al sistema de salud por listado censal como población especial.

¿QUIÉNES DEBEN ESTAR AFILIADOS AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?
Según la ley todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales superiores a un (1) salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones.

Es obligatoria la afiliación como cotizantes de:
Todas las personas nacionales o extranjeras residentes en Colombia, vinculadas mediante contrato de trabajo que se rija por las normas colombianas.
Todos los servidores públicos, es decir, aquellos que trabajen en entidades del Estado, ya sea nacionales, departamentales, distritales o municipales.
Los cónyuges o compañeros(as) permanentes de las personas no incluidas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, los miembros no remunerados de las Corporaciones Públicas, los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, los trabajadores de las empresas en concordato en 1993 y los trabajadores de Ecopetrol), que reúnan alguna de las características anteriores.
Todos los pensionados, o quienes gocen de la pensión de sustitución.
Todos los trabajadores independientes con capacidad de pago.
Todos los rentistas de capital.

El aporte para afiliación en salud de una persona que devengue un (1) salario mínimo ($515,000) es de $64.375 equivalente al 12.5 %, de los cuales el 8.5 % ($43.775)  le corresponden al empleador y el 4 % ($20.600) al trabajador.
El aporte para pensión de una persona que devengue un (1) salario mínimo ($515.000) es de $82.400  equivalente al 16 %, de los cuales el 12 % ($61.800) le corresponden al empleador y el 4 % ($20.600), le corresponden al empleado. El valor a pagar por riesgos profesionales depende de la actividad que desempeñe el trabajador y lo cubre el empleador en un 100%.

Si es trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de pago, diríjase a la EPS, al Fondo de Pensiones y a la ARP y diligencie los formularios de afiliación respectivos, anexe original y fotocopia de su documento de identidad, así como del de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía). Estas personas deben cancelar en su totalidad la afiliación en salud y pensión, teniendo en cuenta su presunción de ingresos; por ejemplo, si el sueldo devengado es un (1) salario mínimo, le corresponde el 12.5 % para Salud ($64.375)  y para pensión el 16 % ($82.400), para un total de $ 146.775 mensuales, lo que quiere decir que está  garantizando por $ 4.893 pesos diarios, la atención en salud para Ud. y su familia, al igual asegura una futura pensión.

Hay que anotar que para el trabajador independiente, la afiliación a riesgos profesionales es opcional.

¿Dónde le prestan los servicios de salud?. En las IPS que son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, (hospitales, clínicas, centros de salud, consultorios, laboratorios, etc.), contratadas por la EPS a la cual estén afiliados usted y su familia, para que presten y atiendan las necesidades de salud.
Sin embargo, para los casos de urgencias puede acudir a cualquier IPS, aunque no haga parte de la lista de su EPS y éstas, deberán atenderlo, hasta estabilizar los signos vitales y salir de la condición de urgencias, como mínimo.
Las EPS deben tener varias IPS entre las cuales usted puede escoger la que más le convenga.


B. SISTEMA DE SEGURIDAD EN PENSION – ARP

El Sistema de Seguridad Social en Pensiones tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y muerte del trabajador mediante el reconocimiento de las pensiones.

Cada trabajador dependiente está obligado a realizar aportes y tiene derecho a seleccionar entre el Régimen de Prima Media con Prestación Definida o el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

Las personas que presten directamente servicios al Estado o a las entidadeso empresas del sector privado, bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios , o cualquier otra modalidad de servicios que adopten, están obligados a afiliarse y a realizar aportes, sobre la totalidad de los ingresos percibidos.

El sistema de pensiones consagrado en la Ley 100 de 1993 rige a partir del 1 de abril de 1994 para todos los habitantes del territorio nacional, excepto para:
Las personas que a esa fecha cumplían con los requisitos exigidos para pensión.
Las personas vinculadas con la Policía Nacional, Fuerzas Militares, Fondo de Prestaciones del Magisterio, y Ecopetrol.

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
Con la expedición de la ley 100 de 1993 se crean dos regímenes de pensiones:
Prima media con prestación definida, administrado por el Seguro Social.
Ahorro individual con solidaridad, administrado por los Fondos de Pensiones.
Todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos deben afiliarse en forma obligatoria al sistema de pensiones.
El afiliado al sistema de pensiones tiene el derecho de escoger en forma libre y voluntaria el régimen y la administradora de fondos de pensiones.
Ninguna persona podrá estar afiliada en forma simultánea a los dos regímenes de pensiones, esto sin perjuicio de la facultad que tiene cada afiliado para contratar planes de pensiones complementarios dentro o fuera del sistema general de pensiones.
El monto de las cotizaciones al sistema, es de 16% del salario base de cotización del afiliado.
El afiliado al sistema de pensiones que en el mes tenga un ingreso base de cotización superior a cuatro salarios mínimos legales (2010 = $ 2.060.000), debe aportar un porcentaje adicional con destino al Fondo de Solidaridad Pensional. El propósito de este fondo es ampliar la cobertura mediante el subsidio a los grupos de población, que por sus características y condiciones socio-económicas, no tienen acceso a los sistemas de seguridad socialtales como, campesinos, indígenas, trabajadores independientes, artistas, deportistas y madres comunitarias.
Para el reconocimiento de las pensiones se tendrá en cuenta la suma de las semanas cotizadas con anterioridad a la vigencia de ley 100 de 1993, al ISS, o a cualquier caja, fondo o entidad del sector público o privado, o el tiempo de servicio como servidor público.
Las pensiones se reajustan anualmente de acuerdo con el índice de precios al consumidor (IPC).
Ninguna pensión podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a veinte (20) veces este mismo salario.
Las pensiones de invalidez y de sustitución o sobrevivientes del Sistema General de Pensiones se reajustarán anualmente, de oficio, el primero de enero de cada año, en el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor total nacional, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior.
Las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el Gobierno Nacional, cuando dicho reajuste sea superior al de la variación del I.P.C. indicado en el inciso anterior. 

MONTO DE COTIZACIONES
Por disposiciones legales de la reforma pensional (Ley 797 de 2003), el monto de las cotizaciones al sistema de pensiones varía de la siguiente forma: 

A partir del 01 de enero de 2004, la cotización se incrementa en 1%, pasando del 13.5% al 14.5% del salario base de cotización del afiliado. Adicionalmente; a partir del 1 de enero de 2005 la cotización se incrementará en medio por ciento (0.5%), es decir del 14.5% pasa al 15% y a partir del 1 de enero de 2006, en otro medio por ciento, del 15% al 15.5%. A partir del 1 de enero de 2008 el 16%.

Los empleadores pagan el 75% de la cotización total y los trabajadores el 25% restante, por lo tanto la distribución es la siguiente:

AÑO
PORCENTAJE EMPLEADOR (75%)
PORCENTAJE TRABAJADOR (25%)
PORCENTAJE TOTAL
2003
10.125
3.375
13.5
2004
10.875
3.625
14.5
2005
11.250
3.750
15.0
2006
11.625
3.875
15.5
2007
11.625
3.875
15.5
2008
12
4
16
2009
12
4
16





El afiliado al sistema de pensiones que en el mes tenga un ingreso base de cotización superior a cuatro salarios mínimos legales (2009 = $ 1.987.600), debe aportar un porcentaje adicional con destino al Fondo de Solidaridad Pensional. Este porcentaje es a cargo del trabajador y varía según el número de salarios mínimos devengados, así:

RANGO SALARIAL
PORCENTAJE A APLICAR
De 4 a 15.9 S.M.L.V
1.0%
De 16 a 17 S.M.L.V
1.2%
De 17.1 a 18 S.M.L.V
1.4%
De 18.1 a 19 S.M.L.V
1.6%
De 19 a 20 S.M.L.V
1.8%
Superiores a 20 S.M.L.V
2.0%

REGIMENES DE PENSIONES
El sistema general de pensiones está compuesto por dos regímenes solidarios, excluyentes pero que coexisten cuyas características son las siguientes:

RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA
Administrado por el INSTITUTO DE SEGURO SOCIAL
Los beneficios pensionales están previamente definidos por la ley
Los aportes y los rendimientos constituyen un fondo común de naturaleza pública
Los aportes no son un ahorro individual sino una contribución.
Los aportes no generan rendimientos individuales.
Se elimina la posibilidad de hacer aportes voluntarios.
Se puede incrementar el valor de la pensión aportando hasta cinco años más después de haber cumplido los requisitos para pensión.

RÉGIMEN DEAHORROINDIVIDUALCON SOLIDARIDAD
Administrado por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES A.F.P.
Cada afiliado tiene su cuenta individual de ahorro pensional.
Los aportes constituyen un ahorro y están conformados por la cotización obligatoria, las cotizaciones voluntarias, los rendimientos financieros y el bono pensional.

TIPOS DE PENSIONES


El sistema general de pensiones reconoce tres tipos diferentes de pensiones que son excluyentes entre si y dependen del  riesgo presentado.

PENSION DE VEJEZ
Los requisitos y condiciones de la pensión de vejez dependen del régimen de pensiones al que se encuentre afiliado el empelado.

Edad:  Mujeres:55 años.  Hombres: 60 años. Después del año 2.014: Mujeres 57 años y Hombres 62 años.·
Semanas de cotización: 1.000 semanas.

INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN (IBL): El promedio del Ingreso base de cotización de los últimos 10 años, actualizado con el IPC,o el promedio de los ingresos de toda su vida laboral cuando éste resulte superior.

MONTO DE LA PENSIÓN: 65% del ingreso base de cotización. Por cada 50 semanas adicionales a las 1.000 y hasta 1.200 semanas incrementa el I.B.L. en 2% y por cada 50 semanas adicionales a las 1200 y hasta 1400 se incrementa el I.B.L. en 3% así: 1000 semanas = 65%; 1050 semanas = 67%; 1100 semanas = 69%; 1150 semanas = 71%; 1200 semanas = 73%; 1250 semanas = 76%; 1300 semanas = 79%; 1350 semanas = 82%; 1400 semanas = 85%
El valor de la Pensión no podrá exceder el 85% del I.B.L.

PENSIÓN MÍNIMA: Un salario mínimo legal mensual vigente cuando haya cumplido los requisitos.

PENSIÓN MÁXIMA: 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

MODALIDADES DE PENSIÓN: Una única modalidad de pensión. Una vez reunidos los requisitos recibe un porcentaje promedio del ingreso base de cotización de los últimos 10 años y este dependerá de las semanas de cotización. Este porcentaje se encuentra entre el 65% y el 85% del I.B.L.

INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA: Las personas que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas y declaren su imposibilidad de continuar cotizando, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas; al resultado así obtenido se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la ley 100 de 1993 las personas que al 1° de abril de 1994 se encontraban afiliadas en pensiones al seguro social y cumplían alguno de los requisitos señalados a continuación, tendrán derecho a recibir su pensión de vejez con los requisitos de edad, tiempo de servicio o número de semanas cotizadas y monto de la pensión del régimen anterior al cual se encuentren afiliados.

REQUISITOS PARA ENCONTRARSE EN EL RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
1.  Haber cumplido 40 años o más de edad si es hombre.
2.  Haber cumplido 35 años o más si es mujer.
3.  Haber cotizado o prestado servicio durante 15 años.

REQUISITOS PARA PENSIONARSE
Edad: 55 años si es mujer. 80 años si es hombre
Semanas de cotización: 500 semanas cotizadas en los 20 años anteriores al cumplimiento de la edad ó 1000 semanas cotizadas en cualquier tiempo.

INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN
A quienes les hiciere falta menos de dos años para cumplir los requisitos para pensión el ingreso base de liquidación será el promedio de lo devengado durante los dos últimos años.
A quienes les hiciere falta más de dos años pero menos de 10 años para cumplir los requisitos para pensión, el ingreso base de liquidación será el promedio de lo cotizado en los años que les hiciere falta o el promedio de lo cotizado durante toda la vida laboral si este fuere mayor.
A quienes les hiciere falta más de 10 años para obtener su pensión, el ingreso base de liquidación será el promedio de lo cotizado durante los últimos 10 años.

Para todos los casos el ingreso base de liquidación se calculará teniendo en cuenta el ingreso base de cotización actualizado año a año con el índice de precios al consumidor.

MONTO DE LA PENSION: El monto de la pensión será el equivalente al 45 % del Ingreso base de liquidación incrementado en 3% por cada 50 semanas adicionales a las primeras 500 semanas, sin que sea inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ni superior al 90% del ingreso base de liquidación. Este porcentaje máximo se obtiene cotizando 1.250 semanas.



REQUISITOS PARA PENSIÓN: A la edad que escoja el afiliado, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual le garantice una pensión mensual superior al 110% del Salario mínimo mensual vigente a la fecha de expedición de la ley 100, reajustado anualmente según el Índice de Precios al Consumidor.

INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN (IBL): La pensión se liquida de acuerdo con el capital acumulado en la cuenta individual.

MONTO DE LA PENSIÓN: Depende del capital acumulado en la cuenta de ahorro individual, que está conformada por aportes obligatorios, aportes voluntarios, rendimientos financieros, bono pensional y rendimientos del bono pensional.

PENSIÓN MÍNIMA: Un salario mínimo legal mensual vigente, si ha cotizado mínimo 1150 semanas y cumplido 57 años si es mujer o 62 años si es hombre y su capital acumulado no es suficiente para obtener una pensión de salario mínimo legal.

PENSIÓN MÁXIMA: No hay máximo establecido.

INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA: La persona que ha llegado a los 57 años, si es mujer, o a los 62 años si es hombre que no haya cotizado el mínimo de semanas exigidas (1.150) y no haya acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos de salario mínimo, tendrá derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual.

MODALIDADES DE PENSIÓN: Las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, podrán adoptar una de las siguientes modalidades, a elección del afiliado o de los beneficiarios, según sea el caso:

Para tener derecho a la pensión de invalidez por riesgo común se requiere:
Pérdida de la capacidad laboral superior al 50% según evaluación de una Junta Médica.
Que el afiliado hubiere cotizado por lo menos 26 semanas al sistema de pensiones.
Que habiendo dejado de cotizar, hubiere cotizado al sistema por lo menos 26 semanas en el año inmediatamente anterior al momento de producirse el estado de invalidez.

El monto de la pensión se determina con base en el número de semanas cotizadas y el grado de invalidez así: Con el 50% al 65% de perdida de capacidad laboral, el 45% del ingreso base de cotización, incrementado en un 1.5 %por cada 50 semanas adicionales a las primeras 500. Con el 66% o más de pérdida de capacidad laboral, el 54% del ingreso base de cotización incrementado en un 2% por cada 50 semanas adicionales a las primeras 800.Ninguna pensión puede ser inferior a un salario mínimo legal ni superior al 75% del ingreso base de cotización.

El afiliado al régimen de pensiones que en el momento de invalidarse no hubiese reunido los requisitos exigidos para la Pensión de Invalidez tendrá derecho a recibir en sustitución una indemnización equivalente a la que hubiere correspondido en el caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez si estuviere afiliado al régimen de Prima Media con Prestación Definida. Si está afiliado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad no tendrá derecho a indemnización sustitutiva sino a la devolución de la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional.


Para Tener derecho a la pensión de sobrevivencia se requiere:
Que el pensionado o el afiliado por vejez o invalidez por riesgo común haya fallecido
Que el afiliado que estaba aportando hubiere cotizado al sistema como mínimo 26 semanas al momento de la muerte y, si en el momento de la muerte no estaba cotizando al sistema, debe haber efectuado aportes como mínimo durante 26 semanas en el año inmediatamente anterior al momento de producirse la muerte.

El monto de la pensión se establece teniendo en cuenta lo siguiente:
Si fallece el pensionado, el 100% de la pensión que estaba recibiendo.
Si fallece el afiliado, el 45 % del ingreso base de cotización, incrementado en el 2% por cada 50 semanas adicionales a las primeras 500, sin que exceda del 75% del ingreso base de cotización.
Ninguna pensión puede ser menor a un salario mínimo legal mensual vigente.

Los miembros del grupo familiar del afiliado que al momento de su muerte no hubiesen reunido los requisitos exigidos para la pensión de sobrevivientes, tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización equivalente a la que le hubiere correspondido en caso de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez si estuviere afiliado al régimen de Prima Media con Prestación Definida. Si estaba afiliado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad no tendrán derecho a indemnización sustitutiva sino a la devolución de la totalidad del saldo abonado en su cuenta individual de ahorro pensional.



C.SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES – ARP
El Sistema de Riesgos Profesionales, existe como un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional.

El Sistema General de Riesgos Profesionales lo conforman:
Las ARP’S, es decir, las Administradoras de Riesgos Profesionales públicas y privadas.
Los empleadores y los trabajadores
Las entidades encargadas del control y vigilancia del sistema como el Ministerio de Protección Social.

La responsabilidad del Sistema de Riesgos Profesionales es compartida entre la empresa, la ARP y el trabajador.
La empresa afilia a todos sus trabajadores al Sistema y desarrolla programas de prevención.
La ARP asesora a la empresa en los programas de prevención y atiende los trabajadores que se accidenten o se enfermen por causas propias de su trabajo.
El trabajador acata las normas de seguridad y prevención de la empresa y utiliza sus elementos de protección personal.

Toda empresa deben estar afiliada a una sola Administradora de Riesgos Profesionales en donde el empleador  define cuál ARP cubrirá los riesgos profesionales de su empresa.  Así mismo, el pago total de la cotización corre por cuenta del empleador y de acuerdo con su clase de riesgo.

La cobertura en riesgos profesionales, se inicia al día siguiente de la  afiliación del trabajador por parte de la empresa a la ARP. Es necesario que el trabajador esté afiliado a la Administradora de Riesgos Profesionales antes de iniciar sus labores en la empresa.

La afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales es obligatoria para todos los trabajadores dependientes del país, tanto del sector público como privado.

Las ARP’s, están encargadas de:
El recaudo de las cotizaciones que hacen las empresas por sus trabajadores.
La asesoría en los programas de prevención que se realizarán en la empresa.
La atención médica de los trabajadores que se accidenten o enfermen por causas propias de su trabajo.
El pago de las prestaciones económicas como las incapacidades, pensiones de invalidez y de sobrevivientes que se puedan generar como consecuencia de los accidentes o enfermedades profesionales.

La función principal que tiene una ARP es el trabajo conjunto con la empresa para identificar y controlar los riesgos presentes en los lugares de trabajo, con el fin de evitar la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales.

Además de la asesoría, las ARP’s brindan programas de capacitación a los distintos públicos de la empresa, en temas relacionados con la prevención de los riesgos y el mejoramiento de la calidad de vida en el trabajo.

REGLAMENTACIÓN
El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295 de 1994, cuyos objetivos buscan:
Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores
Fijar las prestaciones de atención en salud y las prestaciones económicas derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional
Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de administración de Salud Ocupacional a través de las ARP.

Particularmente el Decreto 1295 en su Artículo 21 Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en la empresa y su financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de Salud Ocupacional de las empresas.

En la Resolución 001016 de 1989 en el Artículo 4 y Parágrafo 1, se obliga a los empleadores contar con un programa de Salud Ocupacional, específico y particular, de conformidad con sus riesgos potenciales y reales y el número de los trabajadores. También obliga a los empleadores a destinar los recursos humanos financieros y físicos, indispensables para el desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los riesgos y el número de trabajadores expuestos. Igualmente los programas de Salud Ocupacional tienen la obligación de supervisar las normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular, en cada centro de trabajo.

Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes autónomos, que dependan directamente de una unidad Staff de la empresa, para permitir una mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una de las normas emanadas de la Legislación de Salud Ocupacional.

CAMPO DE APLICACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
Con las excepciones previstas en el Artículo 279 de la Ley 100 de 1993, el Sistema General de Riesgos Profesionales se aplica a todas las empresas que funcione en le territorio nacional y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores públicos, oficial, semioficial en todos sus órdenes y en le sector privado en general.

CONFORMACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
El Gobierno Nacional determinó la organización y funcionamiento del Sistema General de Riesgos Profesionales, el cual está integrado así:

El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Ministerio De Salud (Hoy Fusionados Como Ministerio De Protección Social)
Es el organismo de dirección del Estado en materia de Riesgos Profesionales. Tiene como función la determinación de regímenes específicos de vigilancia epidemiológica, el desarrollo de actividades de prevención y controlar la prestación del servicio de Salud a los afiliados al Sistema en las condiciones de calidad determinada por la Ley.
Para poder implementar sus funciones se creó la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales. Esta dependencia tendrá la responsabilidad de promover la prevención delos Riesgos Profesionales, vigilar y controlar el funcionamiento del Sistema y aplicar las sanciones por violación a la norma.

El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales 
Organismo de dirección del Sistema conformado por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores, Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud ocupacional.

El Comité Nacional De Salud Ocupacional 
Órgano consultivo del Sistema conformado por miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las ARP

El Fondo De Riesgos Profesionales 
Tiene por objeto desarrollar estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la prevención de Riesgos Profesionales.

Las Juntas De Calificación De Invalidez 
Son organismos de carácter privado creados por la ley. Sus integrantes son designados por el Ministerio de Protección Social. A través del dictamen médico laboral, resuelven las controversias suscritas frente a la determinación del origen y/o grado de la invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad profesional, el accidente o muerte de los afiliados al Sistema

La Superintendencia Bancaria 
Controlan, autorizan, vigilan y garantizan el ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P

Las Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales A.R.P 
Compañías Aseguradoras de Vida a las cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendencia Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben cumplir las siguientes funciones:
Afiliar a los trabajadores
Administrar las cotizaciones hechas al sistema
Garantizar el reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas por parte de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
Realizar actividades de prevención y promoción de los riesgos profesionales a las empresas afiliadas

CLASIFICACIÓN
En el momento de la vinculación de una empresa a una ARP ésta asignará una tarifa de acuerdo con la actividad principal de la empresa y la exposición a los factores de riesgo.

Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que contemplan las diversas actividades económicas de las empresas. Si una empresa tiene mas de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones locativas, las actividades y la exposición a factores de riesgo sean diferentes.


SALUD OCUPACIONAL

Conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoción de la salud en el trabajo a través  del fomento y mantenimiento del más elevado nivel de bienestar en los trabajadores de todas las profesiones, previniendo alteraciones de la salud por las condiciones de trabajo, protegiéndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y colocándolos en un cargo acorde con sus aptitudes físicas y psicológicas.


HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
La seguridad industrial se define como un conjunto de normas y procedimientos para crear un ambiente seguro de trabajo, a fin de evitar pérdidas personales y/o materiales.

Otros autores la definen como el proceso mediante el cual el hombre, tiene como fundamento su conciencia de seguridad, minimiza las posibilidades de daño de sí mismo, de los demás y de los bienes de la empresa. Otros consideran que la seguridad es la confianza de realizar un trabajo determinado sin llegar al descuido.

Por tanto, la empresa debe brindar un ambiente de trabajo seguro y saludable para todos los trabajadores y al mismo tiempo estimular la prevención de accidentes fuera del área de trabajo. Si las causas de los accidentes industriales pueden ser controladas, la repetición de éstos será reducida.

El objetivo de la seguridad e higiene industrial es a) Prevenir los accidentes laborales, los cuales se producen como consecuencia de las actividades de producción, por lo tanto, una producción que no contempla las medidas de seguridad e higiene no es una buena producción. Una buena producción debe satisfacer las condiciones necesarias de los tres elementos indispensables, seguridad, productividad y calidad de los productos. Por tanto, contribuye a la reducción de sus socios y clientes; b) Conocer las necesidades de la empresa para poder ofrecerles la información más adecuada orientada a solucionar sus problemas y c) Comunicar los descubrimientos e innovaciones logrados en cada área de interés relacionadas con la prevención de accidentes.


RIESGOS LABORALES
Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional  por el Gobierno Nacional.

Principio del formulario
FACTOR DE RIESGO: Es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.

INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un resbalón.

ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud(una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.

Según lo anterior, se considera accidente de trabajo:
El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa.
El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.

De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.

ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.

El Gobierno adopta 42 enfermedades como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la intoxicación por plomo, la sordera profesional y el cáncer de origen ocupacional.

También es Enfermedad Profesional si se demuestra la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la enfermedad.


PANORAMA DE RIESGOS
Es una metodología dinámica de recolección, tratamiento y análisis de información sobre los factores de riesgo laborales, así como el establecimiento de la exposición a la que están sometidos los trabajadores en un área de trabajo. Esta información permite la implementación, desarrollo, orientación de las actividades de prevención y control de dichos factores en el programa de Salud Ocupacional de cada una de las empresas.

El panorama debe describir la fuente generadora y  el medio de propagación del factor de riesgo, los efectos conocidos en la salud, el número de personas expuestas, el tipo de jornada de trabajo y el tiempo de exposición, la existencia de controles en fuente y medio y protecciones para el receptor, la formulación de nuevos controles y  protecciones  técnicamente  factibles  y económicamente viables y la determinación del grado de riesgo o de peligrosidad, para los riesgos higiénicos o de seguridad, respectivamente.


COMITÉ OCUPACIONAL
Es el organismo de participación, ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud Ocupacional. 

Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo.

El periodo de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado a proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de uno de los miembros para el funcionamiento del Comité.

Dependiendo del tamaño de la empresa el COPASO estará conformado de la siguiente manera:

Después conformado el COPASO, se pasa a nombrar el Presidente y Secretario del mismo con el objeto de mantener la coordinación, organización y funcionamiento del Comité. El presidente lo elige el Representante Legal y el secretario lo elige el comité en votación.

Por último el COPASO deberá registrase ante el Ministerio de Protección Social mediante formulario suministrado por ellos a más tardar ocho días de la conformación del mismo. Se debe anexar original y copia del Acta de Constitución firmada por todos los empleados de la empresa, así como copia del escrutinio en el cual se eligieron los miembros del comité.

REGULACIÓN JURÍDICA.
La Ley Colombiana se refiere y legisla de  manera especifica la Salud Ocupacional en las siguientes Leyes, Resoluciones y Decretos:

La Ley novena de 1.979, establece la obligación de contar con un Programa de Salud Ocupacional  en los lugares de trabajo.
Resolución 2400 de 1.979, por la cual se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
Decreto 614 de 1.984, determina las bases de la administración de Salud Ocupacional en el país.
Resolución 2013 de 1.986, la cual reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional.
Resolución 1016 de 1.989. reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores del país.
Decreto  Ley 1295 de 1.994, el cual determina la organización  y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decreto1346 de 1994, por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.
Decreto 1772 de 1994, por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decreto 1832 de 1994, por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales.
Decreto 1834 de 1994, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.

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